En días pasados, la Direcciòn General de Tributaciòn, autorizó mediante Resoluciòn 04-2009, el uso de la depreciación acelerada utilizando el denominado "método intensivo de suma de dígitos".
Esto forma parte del Plan Escudo del Poder Ejecutivo, tal como indicamos en nuestro Boletín anterior. Ver Boletines anteriores en www.ascanex.com.
Este sistema de depreciación, podrá ser aplicado por los contribuyentes, sin autorización previa de la Administración Tributaria, guardando eso sí, los comprobantes que demuestren que el activo es nuevo y pertenece al contribuyente.
Esta depreciación especial, podrá ser aplicada a todo activo mueble e inmueble nuevo, que haya sido construido, adquirido o realizado, del 1 de enero 2009 al 31 de diciembre 2009.
El método autorizado consiste en lo sgte. Si un activo, por ejemplo, una grùa puente, va a ser depreciada a 7 años, según Anexo II, con el sistema propuesto, será depreciado en 2 años, mediante el sistema de dígitos.
Esta reducciòn autorizada de el plazo para depreciar el activo, viene de un factor de aceleraciòn del 60% que nos da la Resolución en análisis.
Siguiendo el ejemplo de la grúa puente, la empresa que elija utilizar este nuevo método, pagará menos Impuesto Sobre la Renta en los primeros años, y más al final cuando el dinero vale menos.
La empresa que utilice este método, podrá seguir, si lo desea, en su estado financiero con su depreciación de línea recta y en su declaración fiscal con el sistema de método intensivo de suma de dígitos.
La Resolución No. 17-02 de marzo del 2002, se mantiene vigente. Esta resoluciòn, autoriza el uso de la depreciaciòn acelerada mediante suma de dígitos, aplicando un factor de aceleración del 50% (menor que el actual), para activos relacionados con la modernizaciòn tecnológica, mayor capacidad de producción, y reconversión productiva, todo debidamente cerfificado por profesionales colegiados.
El activo citado antes, la grúa puente, con el método de la R. 17-02, se depreciaría en 3 años, en lugar de los 2 años que nos da la Resolución 004.